ACORDADA N° 1019 del 17 de noviembre de 2015.
En la ciudad de Asunción, Capital de la República del Paraguay a los diecisiete días del mes de noviembre del año dos mil quince, siendo las once horas, estando reunidos en la Sala de Acuerdos de la Corte Suprema de Justicia, el Excmo. Señor Presidente Dr. Antonio Fretes y los Excmos. Señores Ministros Doctores, Luis María Benítez Riera, César Antonio Garay, José Raúl Torres Kirmser, Alicia Beatriz Pucheta de Correa, Miguel Oscar Bajac Albertini, Sindulfo Blanco, Gladys Ester Bareiro de Módica y Miryam Peña Candia, ante mí, el Secretario autorizante;
D I J E R O N:
Que, el Capítulo III – Procedimiento de Selección, numeral 21, segundo párrafo de la mencionada Acordada se dispuso que “…Los postulantes que siguen en concurso serán informados por la Oficina Técnica de Evaluación – Dirección General de recursos Humanos vía telefónica y mail acerca del lugar, día y hora en que se realizarán las entrevistas que deberán finalizar dentro del plazo de diez días hábiles…”.
En consideración a la importancia que revisten dichas entrevistas, es necesario modificar el plazo de diez días hábiles para la finalización de las mismas, disponiendo que desde su inicio, ellas deberán desarrollarse con 4 (cuatro) postulantes por día, hasta agotar la nómina respectiva.
Que, la Corte Suprema de Justicia tiene atribuciones para dictar todos los actos que sean necesarios para la mejor organización y eficiencia de la administración de justicia, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 3°, inc. b) de la ley N° 609/95.
Por tanto en uso de sus atribuciones;
LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
A C U E R D A:
Art. 1°.- Modificar el segundo párrafo del numeral 21 del Capítulo III – Procedimiento de Selección de la Acordada 981 del 11 de agosto de 2015, disponiendo que desde su inicio, las entrevistas deberán desarrollarse con 4 (cuatro) postulantes por día, hasta agotar la nómina respectiva.
Art. 2°.- Anotar, registrar, notificar.
Ante mí: