Novedades:

ACORDADA N° 957 del 17 de marzo del 2015.

Por la cual se establece que los plazos procesales de la Circunscripción Judicial de Itapúa, que vencen el día 25 de marzo de 2015, fenezcan el día 26 de marzo de 2015.

En la ciudad de Asunción, Capital de la República del Paraguay a los diecisiete días del mes de marzo del año dos mil quince, siendo las once horas, estando reunidos en la Sala de Acuerdos de la Corte Suprema de Justicia, el Excmo. Señor Presidente Dr. Antonio Fretes y los Excmos. Señores Ministros Doctores, Luis María Benítez Riera, César Antonio Garay, José Raúl Torres Kirmser, Alicia Beatriz Pucheta de Correa, Miguel Oscar Bajac Albertini, Sindulfo Blanco y Gladys Ester Bareiro de Módica
D I J E R O N:

Que, por Resolución Nº 198/2015 del 10 de marzo de 2015 dictada por el Intendente Municipal de la ciudad de Encarnación se declaró asueto con motivo del “400º Aniversario de fundación de la Ciudad de Encarnación”.

Teniendo en cuenta el pedido formulado por el Presidente del Consejo de Administración de la Circunscripción Judicial de Itapúa, Magistrado Blas Eduardo Ramírez, es necesario establecer que los plazos procesales que vencen el día 25 de marzo de 2015 fenezcan el día 26 de marzo de 2015, en la Circunscripción Judicial de Itapúa.
Por tanto,

LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
A C U E R D A:

Art. 1°.- ESTABLECER que los plazos procesales de la Circunscripción Judicial de Itapúa, que vencen el día 25 de marzo de 2015, fenezcan el día 26 de marzo de 2015.

Art. 2°.- ANOTAR, registrar, notificar.


Ante mí: