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ACORDADA Nº 651 (Seiscientos cincuenta y uno) del 05 de octubre del 2010. POR LA QUE SE SUSPENDEN LOS PLAZOS PROCESALES EN LA CIUDAD DE CORONEL OVIEDO.

ACORDADA Nº 651 (Seiscientos cincuenta y uno) del 05 de octubre del 2010.


POR LA QUE SE SUSPENDEN LOS PLAZOS PROCESALES EN LA CIUDAD DE CORONEL OVIEDO.


En la ciudad de Asunción, Capital de la República del Paraguay a los cinco días del mes de octubre del año dos mil diez, siendo las doce horas, estando reunidos en la Sala de Acuerdos de la Corte Suprema de Justicia, el Excmo. Señor Presidente Dr. José Raúl Torres Kirmser, y los Excmos. Señores Ministros Doctores, Víctor Manuel Núñez Rodríguez, Sindulfo Blanco, Miguel Oscar Bajac Albertini, Antonio Fretes, César Antonio Garay y Alicia Beatriz Pucheta de Correa, ante mí, el Secretario autorizante;


DIJERON:


Que por Ordenanza N° 013/2010 de fecha 4 de octubre de 2010 de la Municipalidad de Coronel Oviedo se declaró asueto en la ciudad de Coronel Oviedo, por el 252º aniversario de la fundación de la ciudad y por la festividad de la Virgen del Rosario, patrona de esa Ciudad Que, por Nota P.C.J.N° 1411 del 05 de octubre de 2010 el Presidente del Tribunal de Apelación de la Circunscripción Judicial de Caaguazú, Abog. Miguel Ángel González Britez, solicitó la adhesión del Poder Judicial al asueto de dicho municipio.


Por tanto, LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA A C U E R D A:


Art. 1°.- ESTABLECER que los plazos procesales en la Ciudad de Coronel Oviedo, que vencen el día jueves 7 de octubre de 2010, fenezcan el día viernes 8 de octubre del año en curso.


Art. 2°.- ANOTAR, registrar, notificar.


Ante mí: