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ACORDADA Nº 584 (Quinientos ochenta y cuatro.) DEL 15 DE SETIEMBRE DE 2009. POR LA CUAL SE DEJA SIN EFECTO LA ACORDADA Nº 393/2005 Y LA RESOLUCIÓN Nº 1293/06 DEL CONSEJO DE SUPERINTENDENCIA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.

ACORDADA Nº 584 (Quinientos ochenta y cuatro.) DEL 15 DE SETIEMBRE DE 2009. 

POR LA CUAL SE DEJA SIN EFECTO LA ACORDADA Nº 393/2005 Y LA RESOLUCIÓN Nº 1293/06 DEL CONSEJO DE SUPERINTENDENCIA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. 

En la ciudad de Asunción, Capital de la República del Paraguay a los quince días del mes de setiembre del año dos mil nueve, siendo las doce horas, estando reunidos en la Sala de Acuerdos de la Corte Suprema de Justicia, el Excelentísimo Señor Presidente Dr. Antonio Fretes y los Excelentísimos Señores Ministros Doctores: César Antonio Garay, Alicia Beatriz Pucheta de Correa, Miguel Oscar Bajac Albertini, Sindulfo Blanco, Víctor Manuel Núñez Rodríguez y José Raúl Torres Kirmser, y ante mí, el Secretario autorizante; 

DIJERON: 

Que por Acordada Nº 393 del 29 de noviembre de 2005, se integró la lista de Tribunales de Sentencia de la Circunscripción Judicial de Paraguarí, con los siguientes magistrados judiciales: Germán Antonio Torres Mendoza, Juez Penal de Liquidación y Sentencia de Paraguari, Blas Francisco Cabriza, Juez Penal de Garantías de Paraguarí, Bibiana Teresita Benítez de Garay, Jueza Penal de Garantías de Ybycuí y Víctor Manuel Vega González, Juez Penal de Garantías de Carapeguá. 

Por Resolución Nº 1293 del 31 de julio de 2006 del Consejo de Superintendencia de la Corte Suprema de Justicia, se incluyó a la Magistrada, Abog. Victoria Ortiz Riveros, como integrante de los Tribunales de Sentencia para la Circunscripción Judicial de Paraguarí. 

Por Decreto Nº 1128 del 14 de abril de 2009, se designó en carácter de Jueces en lo Penal y de Sentencia de la Circunscripción Judicial de Paraguari a los Abogados Gerardo Ruiz Díaz Ruiz Díaz, Hugo Ignacio Ríos Alcaráz y Gloria Azucena Garay de Cristaldo. Por Nota presentada en fecha 1 de setiembre de 209 por los magistrados, Blas Francisco Cabriza, Bibiana Teresita Benítez de Garay, Víctor Manuel Vega González y Victoria Ortiz Riveros, solicitaron a esta máxima instancia sean desafectados de la lista de Tribunales de Sentencia de la Circunscripción Judicial de Paraguari, para un mejor desempeño y optimización del servicio, dedicándose a tiempo completo para cumplir las funciones para la cual fueron designados. 

El Art. 3º de la Ley Nº 609/95, inciso b) le confiere a la Corte Suprema de Justicia, la facultad de “Dictar su propio reglamento interno, las acordadas y todos los actos que fueren necesarios para la mejor organización y eficiencia de la administración de Justicia”. 

Por tanto, LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA 

A C U E R D A: 

Art. 1º.- Dejar sin efecto la Acordada Nº 393 del 29 de noviembre de 2005 y la Resolución Nº 1293 del 31 de julio de 2006 del Consejo de Superintendencia de la Corte Suprema de Justicia. 

Art. 2º.- Anotar, registrar, notificar. 

Ante mí: