ACORDADA Nº 575 DEL 26 DE MAYO DEL 2009. POR LA QUE SE CREA LA DIRECCION DE SEGURIDAD Y ASUNTOS INTERNOS.
ACORDADA Nº 575 (Quinientos setenta y cinco)
POR LA QUE SE CREA LA DIRECCIÓN DE SEGURIDAD Y ASUNTOS INTERNOS.
En la ciudad de Asunción, Capital de la República del Paraguay a los veintiséis días del mes de mayo del año dos mil nueve, siendo las 12:00 horas, estando reunidos en la Sala de Acuerdos de la Corte Suprema de Justicia, el Excelentísimo Señor Presidente Dr. Antonio Fretes y los Excelentísimos Señores Ministros Doctores: César Antonio Garay, Alicia Beatriz Pucheta de Correa, José V. Altamirano, Miguel Oscar Bajac Albertini, Sindulfo Blanco, Víctor Manuel Núñez Rodríguez y José Raúl Torres Kirmser, y ante mí, el Secretario autorizante;
DIJERON:
A fin de que se prosiga, de manera sistematizada, con la realización de tareas que hacen a la seguridad de la Corte Suprema de Justicia y de todas las dependencias en todo el territorio de la República, resulta necesaria la creación de un órgano especializado en control en materia de Seguridad y Asuntos Internos.
Ese órgano debe depender de la Máxima Autoridad de la Institución y tener la capacidad de ejercer la función de control y coordinación en materia de Seguridad y Asuntos Internos.
Que, en consecuencia, la Corte Suprema de Justicia dispone el funcionamiento de la Dirección de Seguridad y Asuntos Internos desde el mes agosto del año 2009, a fin de que se coordinen y realicen tareas en materia de Seguridad y Asuntos Internos dentro del Palacio de Justicia de Asunción y todas las demás dependencias de la Corte Suprema de Justicia en el territorio nacional.
Por tanto, de conformidad con el art. 3, incs. a y b de la ley N 609/95 “Que organiza la Corte Suprema de Justicia”, y con el Art. 29 inc. a) de la ley N 879/81 Código de Organización Judicial.
LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
A C U E R D A:
Art. 1°.- Crear la Dirección de Seguridad y Asuntos Internos, dependiente de la Corte Suprema de Justicia, a través de su Presidencia. Esta Dirección tendrá la función y la responsabilidad de llevar a cabo todas las gestiones correspondientes para alcanzar, de forma ordenada y eficiente, la máxima Seguridad de los funcionarios de todos los grados, instalaciones y dependencias de la Corte Suprema de Justicia en todo el país y de las personas que concurran a éstas últimas.
Art. 2°.- Disponer que la Dirección de Seguridad y Asuntos Internos coordine las operaciones y tareas de los órganos de seguridad pública comisionados a la institución, así como las de aquellos de origen privado y de funcionarios que prestan servicios de seguridad en la Corte Suprema de Justicia, de conformidad con la normativa aplicable a la materia.
Art. 3°.- Establecer que la Dirección de Seguridad y Asuntos Internos elabore un informe anual de trabajo, en base a un seguimiento estadístico sobre los resultados de la labor, para su presentación a la Corte Suprema de Justicia antes del 1 de diciembre de cada año. La Corte Suprema de Justicia revisará y aprobará, con las modificaciones que correspondan, este Plan antes de finalizar cada año calendario, debiendo dicha Dirección encargarse de su ejecución.
Art. 4°.- Encargar a la Dirección de Seguridad y Asuntos Internos la elaboración de los manuales de procedimientos y funciones e instrumentos de gestión necesarios para el cumplimiento de sus tareas, los que deben ser aprobados por Resolución de la Corte Suprema de Justicia.
Art. 5°.- Aprobar el Organigrama de la Dirección de Seguridad y Asuntos Internos, dependiente de la Corte Suprema de Justicia, a través de su Presidencia, que anexa forma parte de la presente Acordada.
Art. 6°.- Esta Acordada entrará en vigencia a partir del 3 de agosto de 2009.
Art. 7°.- Anotar, registrar, notificar
Ante mí: