ACORDADA Nº 571 DEL 12 DE MAYO DEL 2009 POR LA QUE SE SUSPENDEN LOS PLAZOS PROCESALES EN LA CIUDAD DE CORONEL OVIEDO
ACORDADA Nº 571 DEL 12 DE MAYO DEL 2009
POR LA QUE SE SUSPENDEN LOS PLAZOS PROCESALES EN LA CIUDAD DE CORONEL OVIEDO
En la ciudad de Asunción, Capital de la República del Paraguay a los doce días del mes de mayo del año dos mil nueve, siendo las 12:00 horas, estando reunidos en la Sala de Acuerdos de la Corte Suprema de Justicia, el Excelentísimo Señor Presidente Dr. Antonio Fretes y los Excelentísimos Señores Ministros Doctores: César Antonio Garay, Alicia Beatriz Pucheta de Correa, José V. Altamirano, Miguel Oscar Bajac Albertini, Sindulfo Blanco, Víctor Manuel Núñez Rodríguez y José Raúl Torres Kirmser, y ante mí, el Secretario autorizante;
D I J E R O N:
Que por Ordenanza Nº 006/2009 de la Junta Municipal de Coronel Oviedo se declaró asueto en la Ciudad de Coronel Oviedo el día 14 de mayo de 2009 Que teniendo en cuenta el pedido formulado por el Presidente del Tribunal de Apelación de la Circunscripción Judicial de Caaguazú Abog. Esteban Escandriolo para establecer que los plazos procesales que vencen el día jueves 14 de mayo de 2009, fenezcan el día lunes 18 de mayo de 2009.
Por tanto,
LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
A C U E R D A
Art. 1º.- ESTABLECER que los plazos procesales de la Ciudad de Coronel Oviedo que vencen el día jueves 14 de mayo de 2009, fenezcan el día lunes 18 de mayo del año en curso.
Art. 2°.: ANOTAR, registrar, notificar.
Ante mí: