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ACORDADA Nº 492 DEL 22-11-2007 PLAZOS PROCESALES Y REGISTRALES en todas las Circunscripciones Judiciales de la República (Transitorio).

ACORDADA Nº 492 DEL 22-11-2007

PLAZOS PROCESALES Y REGISTRALES en todas las Circunscripciones Judiciales de la República (Transitorio).

En la ciudad de Asunción, Capital de la República del Paraguay, a los veintidós días del mes de noviembre de dos mil siete, siendo las 12:00 horas, estando reunidos en la Sala de Acuerdos de la Corte Suprema de Justicia, la Excma. Señora Presidenta Dra. Alicia Beatriz Pucheta de Correa y los Excmos. Señores Ministros Doctores José V. Altamirano, Miguel Oscar Bajac A., Antonio Fretes, César Antonio Garay, Víctor Manuel Núñez Rodríguez y José Raúl Torres Kirmser, ante mí, el Secretario autorizante;

DIJERON:

Que ante el desarrollo de la Huelga General de Funcionarios del Poder Judicial resulta necesario suspender los plazos procesales y registrales del día 22 de noviembre del año en curso, a objeto de evitar perjuicios irreparables para los justiciables y terceros.

La Corte Suprema de Justicia tiene atribuciones para dictar todos los actos que fueren necesarios para la mejor organización y eficiencia de la administración de la justicia, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 3º Inc. b) de la Ley Nº 609/95 “Que organiza la Corte Suprema de Justicia”.

Por tanto, en uso de sus atribuciones,

LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
ACUERDA:

Artículo 1º
Suspender todos los plazos procesales y registrales del día 22 de noviembre del año en curso, en todas las Circunscripciones Judiciales de la República.

Artículo 2º
Aclarar que lo decidido en la presente Acordada no afecta la realización de audiencias preliminares notificadas a las partes; el inicio y desarrollo de juicios orales en todas las Circunscripciones de la República.

Artículo 3º

Anotar, registrar, notificar.