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OBJETO: PROMOVER JUICIO DE DESALOJO.



OBJETO: PROMOVER JUICIO DE DESALOJO.








SEÑOR JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL






MARIA LUILOI, por derecho propio y bajo patrocinio profesional, con domicilio real en la casa Nº 1234 de la calle Lugano de esta Capital y domicilio procesal en O’Leary Nº 1124 y Panchito López de la Ciudad de Fernando de la Mora, a V.S., respetuosamente digo:


CONTRA PARTE:


Que, vengo a entablar juicio de desalojo contra el señor RAÚL CRISTON, domiciliado en Mariscal López Nº 1708 casi Kubitschek de esta capital, fundado en las siguientes consideraciones de hechos y de derechos que paso a exponer:


HECHOS:


Que, soy propietario de un local comercial situado en Mariscal López Nº 1708 casi Kubitschek y he suscripto un contrato de locación con el Sr. RAÚL CRISTON en fecha 31 de enero de 2007 sobre el citado local comercial y por el cual se fijaba como fecha de vencimiento del contrato el día 31 de enero de 2008, cuya copia del mismo acompaño a ésta presentación.


Que, habiéndose vencido dicho contrato y al no ser renovado, si bien he permitido su continuidad en dicho lugar en calidad de locatario al demandado, mediante aclaración de que permanecería allí hasta que encontrara un comprador del local comercial, con la simple condición de un aumento leve del arrendamiento y que lo desocuparía cuando se lo requiriese, con un mes de antelación.


Que, a pesar de habérsele avisado en fecha 20 de junio de 2008 a con un tiempo más que prudencial para desocupar el local y además habiéndosele colacionado en debida, forma el mismo se niega a abandonar dicho lugar.


DERECHO:


Fundo la presente demanda en el Art. 843 del Código Civil y en el Art. 621 del Código Procesal Civil.


JURISPRUDENCIA:


“Debe ser confirmada la sentencia que hace lugar al desalojo fundado en la terminación del contrato si no se prueba que el mismo ha sido renovado.” Tribunal de Apelación civil y Comercial, Sala 5 – 1995/12/12 – Perdomo, Lilia Breglia Vda. de c/ Sosa, Victoria Gill de s/ Desalojo de inmueble (Ac. y Sent. N° 88)


PETITORIO:


Por tanto a V.S. peticiono:


Tener por reconocida mi personería en el carácter invocado y por constituido mi domicilio en los lugares señalados.


Tener por presentada el presente juicio de desalojo que promuevo contra el señor RAÚL CRISTON.


Ordenar el desglose y la devolución de los documentos presentados, previa autenticación de las fotocopias por el actuario y su agregación al expediente.


Correr traslado al demandado por el término de Ley.


Oportunamente dictar resolución a favor, con costas a la perdidosa.


Proveer de Conformidad y Será Justicia.




MARIA LUILOI




ABOGADO/A




El Juicio de desalojo es un juicio que cuenta con un procedimiento especial regulado por el Libro IV de nuestro Código Procesal Civil, puntualmente en el Titulo VII es decir por los articulos 621 al 634, asi mismo encontramos regulación de la "Locación" en el Código Procesal Civil en la Sección IV "De la conclusión de la locación", es decir desde el articulo 837 al 844